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¿Cómo puedo saber si mis inquilinos me van a pagar el alquiler?

¿Cómo puedo saber si mis inquilinos me van a pagar el alquiler?
NOTICIA de Javi Navarro
19.06.2012 - 16:56h    Actualizado 19.10.2020 - 11:19h

Si bien existen empresas que aportan información financiera que permite discriminar entre malos y buenos pagadores, en muchos casos es difícil de acceder y está sólo al alcance de las grandes empresas y no de personas particulares. Para llegar al nivel de particulares ha surgido Ibercheck, una herramienta online que permite saber si otras personas con las que se está pensando en hacer negocios tienen incidencias de impago, siempre que esas personas den su consentimiento previo. Es un novedoso modelo que aplica la “transparencia colaborativa”. Se trata de una plataforma que puede ser útil si vas a alquilar un piso, vender una casa o cualquier otra cosa con pago aplazado, incluso, si vas contratar a alguien o si vas a vender tus servicios a un particular o a un autónomo, por poner algunos ejemplos.

Fernando Cabello-astolfi, Carwyn Fletcher, Pablo Ferrari y Emilio Rotondo han creado Ibercheck.com con el fin de democratizar el acceso a la información financiera para de que cualquier persona pueda acceder a ella. Es la primera compañía en España que suministra datos sobre impagos de particulares accediendo a las mismas bases de datos que usan los bancos. Sus creadores acumulan una amplia experiencia de gestión, desarrollo tecnológico, lanzamiento de start ups, consultoría de estrategia, asesoría legal y de marketing online.

Buenos y malos pagadores

En su opinión, “existe una desconfianza generalizada entre las personas a la hora de hacer negocios, ya sean consumidores, autónomos o empresas. Este miedo a los impagos provoca costes por incertidumbre: al no poder conocer de forma fiable quién es moroso, es inevitable que se aplique una prima de riesgo a todos aquellos con los que se quiere hacer negocios pero cuyo comportamiento de pagos se desconoce, aún a pesar de que la mayoría de ellos sean buenos pagadores”.

Y es que la morosidad ha ido en aumento a pasos agigantados. Según datos del Banco de España, la morosidad alcanzó en marzo de este año el 8,36 %. Se trata del nivel más alto de los últimos 18 años. Asimismo, el saldo moroso total registrado en Asnef superaba en enero de este año los 90.000 millones de euros; es seis veces más que el registrado en enero de 2008.

La contratación de seguros de impago de alquiler que cubren a los propietarios si no paga el inquilino aumentan un 41 %

La contratación de seguros de impago de alquiler que cubren a los propietarios si no paga el inquilino aumentan un 41 %

Desde hace unos años han proliferado los seguros que cubren los impagos de los inquilinos que están alquilados en viviendas o, incluso, de empresas que tienen locales alquilados. El miedo a no recibir el pago a fin de mes ha llevado a que, en el primer semestre de este año, el seguro de Alquiler Protegido de la mutua Mussap haya crecido un 41 % en primas emitidas, confirmando así el auge de esta póliza lanzada en 2008 al inicio de la crisis económica y que en 2011 ya tuvo un incremento del 20 % en pólizas emitidas respecto al año 2010.

El seguro tiene como principal objetivo resarcir al propietario de una vivienda o local en régimen de alquiler de posible impago por parte del inquilino, así como cubrir todos los costes que conlleva la defensa jurídica del propietario.

La siniestralidad de este tipo de póliza es del 45 %, porcentaje que muestra cómo se encuentra el mercado de alquileres de viviendas y locales tal y como asegura la mutua Mussap.

Casi la mitad de los inquilinos no podrá pagar el alquiler en los próximos seis meses

Según datos de la empresa Alquiler Seguro sobre los índices de riesgo del mercado alquilar se estima además que el 27 % de los inquilinos de Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla que solicitaron un piso figuraban en registros de morosidad. “La posibilidad de tener un inquilino moroso, han aumentado considerablemente”, añade Antonio Carroza, Consejero Delegado de Alquiler Seguro.

En los últimos años hemos experimentado un ligero aumento en el mercado del alquiler en las principales capitales de provincia. Al mismo tiempo el sector ha experimentado altos niveles de riesgo en sus operaciones que han elevado considerablemente los casos de morosidad en los arrendamientos urbanos.

La consecuencia más inmediata es que en los próximos 6 meses, aproximadamente 4 de cada 10 inquilinos en Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla podrían dejar de pagar sus rentas.

Este dato se desprende del estudio sobre operaciones en el mercado del alquiler en las 4 principales provincias españolas en cuanto a número de habitantes, realizado por Alquiler Seguro, primera empresa privada especializada en la protección a propietarios arrendadores.

Del total de operaciones sobre arrendamientos urbanos que ha realizado Alquiler Seguro en Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla en el último año, el 58,40 % han sido autorizadas, es decir, son inquilinos fiables y solventes que van a pagar sus rentas. Por otro lado 1 de cada 4 potenciales inquilinos (27,78 %) han sido detectados por Alquiler Seguro como morosos y la operación ha sido rechazada (aparecen directamente en ficheros de morosidad, ASNEF o FIM).

Por último, un 13,82 %, a pesar de no aparecer con operaciones impagadas, no dispone de la suficiente solvencia económica demostrable para garantizar una puntualidad en el pago de las rentas.

El Consejero Delegado de Alquiler Seguro, Antonio Carroza, explica los motivos de este elevado riesgo en el alquiler, “la crisis económica sumada a la falta de profesionalidad en la elección de los inquilinos ha elevado considerablemente la posibilidad de tener un inquilino moroso. Según nuestros datos, el incremento del alquiler se está convirtiendo al mismo tiempo en un foco de problemas con consecuencias económicas graves para muchos arrendadores, en vez de una fuente segura de ingresos”.

Consulta legal: Soy dueño de piso alquilado con humedades, los inquilinos no quieren pagar, ¿pueden?

pueden negarse a pagar, alegando el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que viene a decir, que el arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso pactado, salvo que el deterioro sea imputable al inquilino.

Además, el dueño del piso no tiene derecho a elevar la renta con motivo del pago de las reparaciones necesarias. Otro asunto importante es, que el inquilino está obligado a soportar las obras aunque sean muy molestas, pero si éstas duran más de 20 días, hay que disminuir la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el inquilino se vea privado.

Si se trata de una obra urgente, para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, el inquilino puede realizar la obra, comunicándolo al dueño previamente y exigiendo el pago del importe de forma inmediata.

María del Mar Lesmes Arenas es Abogada en ejercicio por el Colegio de Abogados de Madrid “Confianza, por profesionalidad – Empatía, por proximidad – Resolución, por necesidad”

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