Ayudas económicas para alquilar una vivienda
Existen varios tipos de ayudas al alquiler de vivienda que pueden ser financiadas con presupuestos estatales, autonómicos o municipales. Algunas de éstas cubren parcialmente los gastos de la renta del alquiler, pero otras, especialmente las municipales en caso de existir, también pueden cubrir otros gastos relacionados (luz, agua, comunidad, etc.), sobre todo cuando se trata de situaciones de emergencia social y especial necesidad. No obstante, debes tener muy presente la existencia de cualquier ayuda económica relacionada con el alquiler de vivienda, así como el periodo de tiempo durante el cual puedes beneficiarte de ella.
ACTUALIZACIÓN Septiembre 2021 con el Bono Vivienda Alquiler de 250 euros para jóvenes.
En primer lugar, tienes que hacer un estudio de todas ellas para saber en cuáles cumples los requisitos exigidos y cuáles son compatibles entre si. Ten presente no sólo la cuantía de las ayudas, sino también su duración y su plazo de solicitud.
La documentación exigida pueda ser farragosa, pero en el caso de dudar de la posibilidad de que sea aceptada, busca el asesoramiento administrativo adecuado, y si aún así no te convencen sus respuestas, presenta tu solicitud pues poco tienes qué perder (tiempo y gastos de documentación) y mucho que ganar, y en caso de ser denegada ya se ocupará la Administración correspondiente de comunicarte las razones de dicho rechazo.
También puedes buscar pisos de bancos en alquiler, con cuotas de alquiler en torno a 150 € si te conceden una ayuda social.
Ayudas económicas
Las ayudas para jóvenes en casi todas las Comunidades Autónomas son principalmente dos, que son incompatibles entre si:
– La Renta Básica de Emancipación dirigida a jóvenes de entre 22 y 29 años (ambos inclusive) que tengan unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. La ayuda consiste en una cantidad mensual de 210 euros destinados a facilitar el pago del alquiler (hasta un máximo de 4 años o hasta que se cumplan los 30 años), un préstamo sin intereses de 600 euros para la fianza y una cantidad de 120 euros si se constituye un aval privado como garantía. Los jóvenes tendrán que ser titulares del contrato de alquiler de la vivienda que constituya su residencia habitual, y en el caso de que existan varios titulares en el contrato, la cuantía de la ayuda se dividirá por el número total de titulares de dicho contrato.
Esta ayuda ha sido complementada o ampliada con cargo a los presupuestos autonómicos en algunas Comunidades Autónomas como Castilla y León, Illes Balears e Islas Canarias, aumentando la cuantía de las ayudas y el intervalo de edad al que va dirigida (incluyendo a los jóvenes de entre 18 y 21 años, y a los de 30 y 35 años).
Puedes obtener más información sobre esta ayuda y cómo solicitarla en la web del Ministerio de Vivienda dedicada a esta ayuda.
– El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 que se hace extensible a casi todas las Comunidades Autónomas (a excepción de Navarra y País Vasco) a través de sus correspondientes Convenios de colaboración, establece una ayuda al inquilino de hasta el 40 % de la renta a pagar durante un máximo de 2 años, con un límite de 3.200 euros por vivienda, independientemente del número de titulares existentes en el contrato. Se trata de una ayuda independiente de la edad del solicitante a no ser que se determine restricciones en los convenios.
Entre los requisitos a cumplir para recibir esta ayuda, se requiere que los ingresos familiares no sean superiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), teniéndose en cuenta los ingresos de todos los titulares del contrato de alquiler.
Deducciones fiscales
Por otro lado, cuando realices tu Declaración del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF) también debes tener presente las deducciones fiscales existentes por el alquiler de la vivienda habitual. Existe un tramo estatal y otro autonómico de los cuales puedes beneficiarte y que puede variar de un año a otro.
Dentro del tramo estatal, para la Declaración de la Renta correspondiente a 2008 (realizada en 2009), los contribuyentes podían deducirse el 10,05 % de las cantidades satisfechas durante 2008 por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible1 fuese inferior a 24.020 euros anuales.
En la Declaración de la Renta de 2008 las Comunidades Autónomas que también aplicaban deducciones en el alquiler de vivienda en su tramo autonómico eran Asturias, Canarias, Valencia y Cataluña en determinadas situaciones de especial atención. En el caso de que el alquiler fuese realizado por jóvenes, estas deducciones autonómicas también se aplicaban en Andalucía, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia y Madrid.
GUÍA SOBRE EL ALQUILER DE VIVIENDA
– Aspectos a tener en cuenta antes de alquilar una vivienda
– Bolsas de vivienda en alquiler de la A a la Z
– El contrato de alquiler de la A a la Z
– Todo sobre la fianza de los alquileres de vivienda
El pago del alquiler: actualizaciones de precio, impagos…
– Gastos de mantenimiento en el alquiler de vivienda
– Derechos y obligaciones de un alquiler de vivienda para arrendador y propietario