Guía para solicitar alquileres sociales de Sogeviso (Sabadell)

Guía para solicitar alquileres sociales en Sogeviso (Sabadell)
NOTICIA de Jessica Pascual
22.03.2022 - 12:52h    Actualizado 12.07.2024 - 10:08h

Sogeviso es un servicer inmobiliario que gestiona, principalmente, una cartera de inmuebles sociales en alquiler destinados a personas vulnerables que han sido víctimas de un desahucio. Pertenece al Banco Sabadell y, además de la gestión del arrendamiento, los programas de esta entidad incluyen actuaciones específicas de seguimiento social y de inserción laboral.

En esta guía te explicamos los requisitos que hay que cumplir para acceder a estas viviendas sociales de Sogeviso y conseguir una vivienda en alquiler por entre 150 y 400 euros al mes. También el procedimiento de solicitud y las condiciones de los contratos de alquiler. Esta entidad es uno de los bancos adheridos al Fondo Social de Viviendas.

Además, para el año 2026, el Sabadell pondrá en alquiler más de 500 pisos en Málaga por 600 euros, todos ellos de alquiler asequible a través de Sogeviso.

Requisitos de acceso a las viviendas sociales

Para acceder a alguno de los alquileres sociales de Sogeviso, los solicitantes tienen que haber sido desalojados de su vivienda habitual y, además, cumplir de manera adicional los siguientes requisitos:

  • Que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución por impago de un préstamo hipotecario.
  • Que este desalojo se haya producido después del 1 de enero de 2008.

En el momento de realización de la solicitud, la persona interesada debe encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:

  • El conjunto de ingresos no puede ser superior a 3 veces el IPREM de este año.
  • Ninguna de los miembros de la unidad familiar puede tener otra vivienda en propiedad o derecho de usufructo.
  • Encontrarse en un supuesto de especial de vulnerabilidad. En este caso se entiende:
  1. Familia monoparental con dos o más hijos a cargo.
  2. Unidad familiar con hijos menores a cargo.
  3. Unidad familiar en la que el deudor hipotecario se encuentre desempleado y no tenga derecho a prestación.
  4. Presencia de víctimas de violencia de género en la unidad familiar.
  5. Personas en situación de dependencia o con discapacidad para los que la vivienda supone un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía.
  6. Mayores de 60 años.
  7. Personas que estén prejubiladas o jubiladas y mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos.
  8. Otras personas o unidades familiares que se encuentren en situación de vulnerabilidad social distinta a las anteriores. Pero siempre previo informe de los Servicios Sociales.

¿Quién puede pedir las viviendas?

De manera adicional a los requisitos detallados en el apartado anterior, se entiende que pueden adjudicarse estas viviendas a:

  • Personas que han sido objeto de un procedimiento de ejecución hipotecaria que hubiese culminado con la adjudicación de la vivienda y no hayan llegado a ser desalojadas. Siempre que quieran seguir ocupándola en régimen de alquiler en las condiciones fijadas en el convenio.
  • Personas que hayan perdido la vivienda como resultado de una dación en pago y que soliciten un alquiler social.

Condiciones de los contratos de arrendamiento

Todos los alquileres gestionados por Sogeviso se regulan por las siguientes condiciones:

  1. La renta del alquiler es de entre 150 y 400 euros al mes, siempre con el límite del 30 % de los ingresos netos totales de la unidad familiar.
  2. Los gastos del inmueble, incluyendo los tributos y obras de reparación, corren a cuenta del propietario. Con la excepción de los gastos derivados del suministro como la electricidad, agua, gas o teléfono.
  3. El contrato del alquiler es de dos años. Aunque cabe la posibilidad de prorrogarlo durante un año más. Salvo que los inquilinos dejen de cumplir los requisitos que le dieron acceso a la vivienda.
  4. El arrendatario está obligado a destinar la vivienda al domicilio habitual y conservarlo en las mismas condiciones de uso y habitabilidad en las que se le entregó.
  5. Todos los contratos quedan regulados por la normativa de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Cómo solicitar estas viviendas

Para hacer la solicitud y optar a alguno de estos alquileres, tienes que enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: 0901AdminFondoSocialViviendas@bancsabadell.com. Aunque si lo prefieres, puedes iniciar la solicitud llamando al teléfono 96 500 00 07

Independientemente de la vía elegida, el solicitante tiene que adjuntar e indicar en el mensaje los siguientes datos:

  • Detalles del inmueble disponible que ha seleccionado en el listado de viviendas publicado.
  • Requisitos que dan acceso a las viviendas. Los solicitantes que se ajusten a los requisitos, deben enviar a este mismo correo toda la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos. Los documentos que hay que presentar son:
  1. Informe social
  2. Sentencia de la ejecución inmobiliaria
  3. Fotocopia del DNI del solicitante
  4. Certificado del Registro de la Propiedad para acreditar que no tiene ninguna vivienda en propiedad
  5. Última declaración de la Renta o certificado de retenciones
  6. Libro de Familia
  7. Ingresos de la unidad familiar

Sobre Sogeviso

Sogeviso es una filial del Banco Sabadell creada en 2015 que gestiona las viviendas en alquiler de personas vulnerables procedentes de desahucios. Desde su creación ha gestionado el alquiler social o asequible de un total de 23.300 familias y otras 5.300 han conseguido superar su situación de riesgo social y optar a alquileres de mercado.

Las viviendas, que se encuentran por todo el territorio español con especial presencia en Cataluña, Madrid, Murcia y Valencia, están en las condiciones adecuadas para su uso inmediato, sin necesidad de realizar ninguna inversión previa en el inmueble.



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