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Ya se puede pedir el voto por correo para las elecciones de Cataluña

Voto correo cataluña
NOTICIA de Jessica Pascual
19.03.2024 - 10:40h    Actualizado 19.03.2024 - 10:40h

Correos ha abierto el plazo de la solicitud para que los electores puedan pedir el voto por correo y ejercer su derecho a voto antes de la celebración de los comicios, tanto por la web, como en las oficinas. En concreto, desde el martes 19 de marzo se abre el plazo para solicitar esta modalidad de voto para participar en las elecciones autonómicas al parlamento catalán. Una nueva convocatoria electoral prevista para el día 12 de mayo de 2024 y que se celebra entre medias de otros dos procesos electorales, uno de carácter autonómico y otro europeo. Para esta convocatoria de la Generalitat de Cataluña, los ciudadanos tienen de plazo hasta el 2 de mayo de 2024 para solicitar el voto por correo. Y hasta el día 8 del mismo mes para depositarlo en las oficinas.

Cuándo puede solicitarse el voto por correo en Cataluña: Plazos

Ya se puede solicitar el voto por correo para participar en las elecciones al Parlamento de Cataluña. Desde el martes día 19 de marzo y hasta el 2 de mayo de 2024 a las 23:59 horas, los ciudadanos que quieran participar en los comicios por esta vía pueden pedir el voto en Correos.

Una vez presentada la solicitud y tras recibir toda la documentación a partir del día 22 de abril, el elector podrá ejercer el derecho al voto entregándolo en una oficina de Correos. Para esta segunda fase del voto por correo, el plazo finaliza el 8 de mayo de 2024. Es decir, que hasta esta fecha es posible acudir a las oficinas para depositar el voto por correo y participar en las elecciones.

Es importante tener en cuenta que solicitar los papeles para votar por correo es solo la primera parte del proceso para ejercer el voto. Si no se presentan los papeles de forma posterior, el elector no está ejerciendo su derecho.

Quién puede pedir el voto por correo

¿Quién puede pedir el voto por correo para las elecciones catalanas? Pueden participar todos los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa el día de la votación. Motivo por el que, antes de presentar la solicitud del voto por correo, es recomendable conocer si te toca en la mesa electoral, dado que votar por correo no exime de estar en la mesa.

Por tanto, en el caso de no tener una de las justificaciones que permiten librarse de la mesa electoral, el elector tendrá que acudir de forma presencial el día de la convocatoria y, por tanto, puede votar de forma presencial esta misma jornada sin hacer los trámites específicos para votar por correo.

Por el contrario, no pueden solicitar el voto por correo los electores residentes en España que se encuentren de forma temporal en el extranjero ni por aquellos que residan fuera de España y que lo soliciten desde estos lugares. En este caso, los ciudadanos tienen que seguir las instrucciones específicas acerca de cómo votar por correo desde el extranjero.

Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones catalanas

El proceso para solicitar el voto por correo en esta convocatoria lectoral es el mismo que hay que seguir en cualquier otro proceso, como al solicitar el voto por correo en las elecciones al País Vasco. Los electores tienen dos opciones para pedir el voto por correo:

  • Pedir el voto a través de la web de Correos. Para acceder por esta vía es necesario contar con algún tipo de firma o sistema digital.
  • Presentar la solicitud de manera presencial en cualquiera de las oficinas de la entidad. Hay que acudir a las sucursales junto con el DNI para pedir el voto por correo. En el caso de optar por la vía presencial, desde Correos tienen habilitado un servicio de cita previa, que puede pedirse a través de la app, de la web de Correos o de la oficina virtual.

Puedes iniciar el proceso para pedir el voto por Correo desde la web de Correos.



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