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Cómo cobrar un premio de Lotería compartido y qué impuestos hay que pagar

Cómo cobrar un premio de Lotería compartido y qué impuestos hay que pagar
NOTICIA de Jessica Pascual
02.11.2022 - 13:44h    Actualizado 19.12.2023 - 11:27h

Jugar un décimo a medias es una práctica más que habitual, sobre todo de cara al sorteo de la Lotería de Navidad. Una fórmula para abaratar los costes de los décimos y aumentar las posibilidades de ganar. ¿Pero, cómo cobrar un premio de Lotería compartido? Si os ha tocado un premio de Lotería superior a 3.000 euros, ya sea el décimo que echáis cada semana con los amigos o compañeros del trabajo o un premio de Navidad, hay que comunicárselo a Hacienda. Para asegurarte de hacer bien todo el proceso y evitar imprevistos en el cobro, en esta otra información puedes consultar cómo compartir Lotería por WhatsApp.

Además del cobro, hay otros consejos de seguridad que hay que tener en cuenta para evitar problemas. Por ello, la Policía advierte de lo que nunca hay que hacer con un décimo de Lotería de Navidad. Y, de manera adicional, lo que Hacienda aclara sobre cómo tributan los décimos compartidos de Lotería cuando han salido premiados.

Procedimiento para cobrar Lotería compartida

La norma señala que siempre que se cobre un premio superior a 3.000 euros por décimo, apuesta, cupón o fracción, e independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades, hay que comunicárselo a Hacienda.

El procedimiento para hacerlo es sencillo. Existe un modelo de hoja de comunicación en el que los ganadores de los premios proceden a comunicar a las entidades pagadoras de los premios sus principales datos identificativos con el fin de que los referidos pagadores puedan conocer a qué impuesto se debe imputar la retención o ingreso a cuenta efectuado. Este documento detalla el carácter de la persona o entidad ganadora del premio (persona sometida al IRPF, persona o entidad sometida al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) o persona o entidad sometida al Impuesto de Sociedades). También incluye los datos identificativos que deberán figurar en el modelo 230 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.

En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…) es necesaria la identificación de cada ganador, así como de su porcentaje de participación en el premio económico. En especial en los supuestos de que alguno de los partícipes ganadores sea una persona o entidad sometida al IRNR o al Impuesto sobre Sociedades.

Esto es así, en la medida en que los dos impuestos mencionados arriba, la retención o ingreso a cuenta por el gravamen especial de loterías no tiene el carácter de impuesto definitivo. Y deberá acreditarse de manera precisa el pago a cuenta efectuado, bien para justificar la devolución solicitada (IRNR) o bien para justificar el crédito impositivo derivado del premio obtenido que se ha integrado en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

¿Te has preguntado alguna vez qué ocurre si tengo un décimo de Lotería premiado con mi pareja y me separo? En esta información te detallamos cada situación en concreto.

¿Cuánto se lleva Hacienda de un premio compartido?

Pongamos como ejemplo que a un grupo de amigos le ha tocado La Primitiva. En concreto, han sido agraciados con un boleto de 28 apuestas compartido entre 3 jugadores a partes iguales y con 5 apuestas premiadas:

  • 1 premio de 38.000 €
  • 2 premios de 2.700 € (exento impuestos)
  • 2 premios de 630 € (exento impuestos)
  • Total, premios del boleto (1*38.000 + 2*2.700 + 2*630) = 44.660 €
  • Premios sujetos a retención (a partir de 40.000 euros desde 2020): 4.460 € – 20 % Fiscalidad = 892 € retenidos antes de cobrar el premio.
  • Premios sujetos a retención: 4.460 dividido entre los 3 agraciados es igual a 1.486,66 euros. Cada uno de ellos aplicará el 20 % de fiscalidad a esta cantidad que les corresponde, que se corresponde con 297,33 euros de impuestos.
  • Premios cobrados tras impuestos en total: 44.660 € – 892 € = 43.768 €
  • Premio cobrado por cada una de las 3 personas 43.768 € / 3 = 14.589 €

Impuestos de la Lotería compartida

Los impuestos de la Lotería que hay que pagar al compartir décimos es exactamente igual que en el caso de los décimos individuales. Es decir, que las retenciones se aplican al décimo y no al número de participantes, por lo que a los premios superiores a 40.000 euros se aplica el 20 % y el resultado de esta operación es el premio que se divide entre los participantes. En cuanto a la tributación, ese 20 % tiene que dividirse y asumirse entre cada uno de los participantes para que de cara a Hacienda cada agraciado pague impuestos por el premio recibido.



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