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Pensiones e IRPF: La Seguridad Social aclara cómo tributan estas prestaciones y cuáles están exentas

IRPF y pensiones
NOTICIA de Jessica Pascual
15.02.2024 - 11:27h    Actualizado 29.03.2024 - 10:32h

¿Las pensiones están exentas del pago del IRPF? ¿Qué ingresos de los pensionistas se tienen en cuenta para determinar el tipo impositivo de este impuesto? Puedes conocer la respuesta a estas y otras cuestiones relacionadas con la tributación de las pensiones de la Seguridad Social en el IRPF explicadas por el propio organismo a través de su página web.

Qué ingresos del pensionista se tienen en cuenta para el IRPF

Una de las dudas más habituales tiene que ver con el cálculo de los tipos impositivos que se aplican a las pensiones. ¿Cuáles son los ingresos que se tienen en cuenta para determinar el tipo impositivo del IRPF para el reconocimiento de la prestación?

La Seguridad Social explica que para el cálculo anual de la pensión, que es determinante para el tipo impositivo del IRPF, se tiene en cuenta el importe de la prestación en función del número de pagas que se incluyen, contando las extraordinarias.

Prestaciones que están exentas del IRPF

¿Hay determinadas pensiones que no tributan en el IRPF? Sí. Se consideran rentas exentas de este impuesto las siguientes prestaciones que gestiona el Instituto de la Seguridad Social en el ámbito nacional. Aunque con la excepción de las comunidades de País Vasco y Navarra.

  • Pensión por incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez
  • Pensión de jubilación, solo cuando se derive de una gran invalidez o de una incapacidad permanente absoluta
  • Pensión de orfandad
  • Auxilio por defunción
  • Auxilio por defunción de la Gerencia del Fondo Especial
  • Pensión en favor de familiares de menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo
  • Prestaciones derivadas de actos de terrorismo

Precisamente, estas pensiones forman parte de los ingresos que no tributan en la Renta de las personas con discapacidad.

¿El pensionista puede solicitar que se le aplique un tipo de forma voluntaria?

De manera independiente a las prestaciones exentas, ¿el pensionista puede solicitar la aplicación de un tipo impositivo específico en el resto de prestaciones que sí tributan? La Seguridad Social explica que sí, que existe esa posibilidad. Pero solamente siempre que el tipo solicitado sea superior al que le corresponda pagar al pensionista en cada momento en función a sus circunstancias concretas.

Se trata de una gestión que puede efectuarse por internet de forma íntegra, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Aunque como requisito, el solicitante debe contar con DNI electrónico o certificado digital. En el caso de no tener firma online, puede cumplimentar el formulario de ‘Incremento voluntario de la retención por IRPF’ que se encuentra en formato PDF en la web de la Seguridad Social ubicados en España.

Tras esta solicitud, el tipo de retención voluntario se aplicará, como mínimo, hasta el final del ejercicio económico y siempre que no se renuncie por escrito al citado porcentaje durante los ejercicios sucesivos. O solicite un tipo superior.



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