Alquiler social en Madrid, Solicitud y Lista 316 pisos disponibles en 2022

¿Cómo solicitar una vivienda de alquiler social en Madrid? El Ayuntamiento de la capital convoca de forma periódica viviendas de alquiler social. A continuación te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el proceso de inscripción, cómo consultar el listado de adjudicatarios y, en caso de no estar incluido en el listado, te contamos cómo presentar las alegaciones correspondientes antes de la adjudicación definitiva de los pisos sociales en la capital. Si quieres ver el listado de viviendas disponibles, en esta otra información puedes consultar cuáles son los pisos de la EMVS en octubre de 2022 disponibles.
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Contenido de la información:
- Solicitud e inscripción
- Requisitos para acceder al alquiler social
- Documentación
- Procesos para la adjudicación de pisos de alquiler
- Condiciones del alquiler con el Ayuntamiento de Madrid
- Modificaciones a solicitudes ya realizadas
- Estado de las solicitudes
- Contacto
- Alquiler Asequible
- Convocatoria de 316 pisos de alquiler en enero 2022
- Adjudicación de 580 pisos en junio 2021
- Adjudicación de 398 pisos en febrero 2021
Solicitud e inscripción
Para inscribirte por primera vez y optar a alguna de estas viviendas protegidas que la EMVS pone en alquiler, debes Registrar una nueva Solicitud desde aquí:
>> ACCEDE A REALIZAR TU SOLICITUD Y AL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN DESDE AQUÍ
Estas viviendas que pone en alquiler el Área de Vivienda del Ayuntamiento de Madrid proceden de anteriores convocatorias que han quedado vacías o que se han recuperado tras ocupaciones irregulares; incluso porque sus inquilinos los han dejado por distintos motivos, como de forma voluntaria por mudanza a otra ciudad o fallecimiento.
Los requisitos que deben cumplir los solicitantes que quieran acceder a estas viviendas son los siguientes:
- Tener unos ingresos inferiores o iguales a 3,5 veces el IPREM.
- No ser titular del pleno dominio o de un derecho de uso o disfrute sobre otra vivienda.
- Residir y/o trabajar en el municipio de Madrid.
- No ser arrendatario o arrendataria de una vivienda social de propiedad o de gestión pública.
Documentación
- La solicitud de inscripción.
- DNI/NIE/Certificado de Registro de Ciudadano de la UE.
- Libro de Familia o, en su defecto, Certificado de matrimonio, certificado de nacimiento según proceda.
Además, según los casos particulares de cada persona concreta, también habrá que presentar:
- Persona separada o divorciada: Testimonio Judicial de Sentencia firme de separación o divorcio, así como el testimonio judicial del convenio regulador si procede.
- Familia monoparental: Testimonio judicial de ostentar la guarda y custodia de hijos menores.
- Familia numerosa: Título de familia numerosa en vigor.
- Si no acreditas 1 año de residencia en Madrid: Certificado de vida laboral actual o certificado de trabajador por cuenta ajena, propia o funcionario público.
- Movilidad reducida: Certificado de necesidad de vivienda adaptada.
- Discapacidad: Certificado acreditativo del grado de discapacidad y/o dependencia.
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Procesos para la adjudicación de pisos de alquiler
En primer lugar, para poder participar en el proceso de adjudicación es requisito imprescindible estar inscrito a través del RPSV. Las viviendas se adjudican en función de las características de los demandantes, por lo que se asignarán a los diferentes grupos de demanda que mejor se adecuen a las mismas. Se considerarán grupos de demanda:
- Las personas en situación de vulnerabilidad residencial
- Las personas menores de 35 años y las mayores de 65
- Las familias monoparentales y las numerosas
- Las personas con discapacidad
- Las víctimas de violencia de género, trata y/o explotación sexual
- La demanda general y las personas en “extrema exclusión residencial”
Para determinar con total objetividad quienes forman parte de este último grupo, los servicios sociales de la EMVS elaborarán un informe basado en la tipología ETHOS propuesta por el Comité Económico y Social Europeo.
Condiciones del alquiler con el Ayuntamiento de Madrid
El alquiler conllevará para las personas que se les adjudiquen las viviendas la firma de un contrato de arrendamiento que tendrá la duración inicial de cinco años, salvo que la legislación aplicable establezca un plazo superior. En este caso, el importe de la fianza será el correspondiente a la renta objetiva. Y la renta de alquiler mensual se calculará conforme al nivel de ingresos de la unidad convivencial.
Los adjudicatarios deberán firmar un acuerdo “compromiso social común” que contendrá las recomendaciones y normas cuyo cumplimiento la EMVS considera necesarias tanto para el mejor disfrute de la vivienda como para favorecer la buena convivencia vecinal. Su incumplimiento puede suponer la resolución del contrato.
Modificaciones a solicitudes ya realizadas
Los interesados pueden consultar el listado de admitidos cuando finalice el plazo de inscripción. Se puede consultar el listado en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
Desde la misma sección para realizar la solicitud podrás modificar tu actual solicitud o enviar la documentación asociada si todavía no lo has hecho.
Aquellos que deseen realizar alguna modificación o reclamar porque no se encuentran en dicha lista, podrán realizar cambios o presentar una nueva solicitud. Para presentar alegaciones no es necesario acudir a las oficinas, se puede hacer de forma telemática. Para hacerlo puedes acceder desde este enlace. La resolución de alegaciones se comunica en el listado del mes siguiente.
Estado de las solicitudes
Los solicitantes pueden consultar el registro de forma actualizada. Tal y como establece la normativa, la EMVS actualiza durante los primeros diez días de cada mes el estado de tramitación de las personas que se encuentran en el Registro Permanente de solicitantes.
Los datos que se publican son a mes vencido y se pueden consultar en el Tablón de Edictos del ayuntamiento de la capital.
Motivos incumplimiento requisitos
CAUSAS DE BAJA EN EL REGISTRO PERMANENTE DE SOLICITANTES DE VIVIENDA O DE NO INSCRIPCIÓN EN EL MISMO | ID |
---|---|
Unidad familiar no permitida | 2, 5 |
Documentación incompleta | 31, 100, 101, 226 |
Incumplimiento requisito empadronamiento y/o trabajo en Madrid | 55,3001 |
Incumplimiento protección de datos | 102 |
Excluido por ser arrendatario o arrendataria EMVS/otras administraciones | 205 |
Excluido por renuncia al RPSV | 208 |
Incumplimiento sobrevenido de requisitos | 227 |
Excluido por penalización | 228 |
Ocupante sin título legítimo de viviendas de la EMVS o del Ayuntamiento de Madrid | 930 |
Sobrepasa límite de ingresos familiares para acceder a RPSV | 1015 |
Datos económicos incompletos | 8015, 301 |
Titular de vivienda en propiedad | 8034 |
Contacto
Existe un teléfono de atención al cliente y consulta. Si tienes cualquier cuestión puedes llamar al 91 516 81 50. Otra vía para ponerte en contacto es rellenando un formulario al que puedes acceder desde este enlace.
Alquiler Asequible
Además de estas ayudas al alquiler social, el consistorio madrileño también ofrece ayudas al alquiler denominadas de ‘Alquiler Asequible’ que facilitan el pago de las rentas de alquiler sin que los beneficiarios destinen más del 30 % de sus ingresos. No dejes de consultar requisitos tal y como detallamos en esta otra información.
Convocatoria de 316 pisos de alquiler en enero 2022
El Ayuntamiento de Madrid sortea, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, en enero de 2022 un total de 316 pisos de alquiler por precios de entre 150 y 250 euros al mes. El precio final a pagar por el alquiler nunca será superior al 30 % de los ingresos familiares.
Del total de las viviendas, 244 son de nueva construcción y las 72 restantes forman parte del catálogo de viviendas de la EMVS que vuelven a salir a sorteo. Las de nueva construcción se encuentran en Mendez Álvaro norte (85 viviendas) y en Carabanchel 29 (159 viviendas).
Sólo podrán participar en esta convocatoria las personas que estén inscritas en el Registro de Solicitantes con anterioridad al 30 de noviembre de 2021, cuya lista la componen 28.000 demandantes.
Adjudicación de 580 pisos en junio 2021
El Ayuntamiento de Madrid ha adjudicado un total de 580 pisos protegidos en alquiler en junio de 2021 para personas vulnerables. Del total, 440 son de nueva construcción y se distribuyen en cinco promociones ubicadas en el Ecobarrio de Puente de Vallecas. Las 140 viviendas restantes son viviendas que ha comprado la EMVS o que han sido recuperadas. En esta convocatoria se adjudican viviendas en 14 de los 21 distritos de Madrid.
Se trata de la tercera convocatoria de este mandato en la que han participado un total de 28.600 personas. Cada vivienda ha sido adjudicada a un principal y dos reservas. Desde el 4 de junio la lista provisional de adjudicatarios está publicada en la web oficial de la EMVS.
La empresa pública va a ponerse en contacto con los adjudicatarios provisionales para informarles de la documentación que tienen que presentar. La Comisión Permanente de Adjudicación es la que tiene que aprobar el listado definitivo que está previsto que se realice en julio.
Adjudicación de 398 pisos en febrero 2021
El Ayuntamiento de Madrid a través de la EMVS ha realizado en febrero de 2021 el sorteo para la adjudicación de las 398 viviendas en alquiler para personas vulnerables. Del total, 244 son de nueva construcción y 154 son viviendas de la EMVS. Los interesados pueden consultar en este enlace el listado provisional de adjudicatarios y reservas.
Se trata de la segunda convocatoria de este mandato. Han participado más de 28.200 personas, que estaban previamente apuntadas en el registro de solicitantes de la EMVS. La EMVS se pondrá en contacto con cada adjudicatario y con las reservas para informarles de la documentación a presentar.
El último paso para la adjudicación final de la vivienda lo tiene que dar la Comisión Permanente de Adjudicación. Está previsto que a finales de abril apruebe el listado definitivo para que los inquilinos consigan el alquiler de forma oficial.
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