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Cómo hacer la solicitud de las ayudas al alquiler para jóvenes en Cantabria 2022

Cómo hacer la solicitud de las ayudas al alquiler para jóvenes en Cantabria
NOTICIA de Jessica Pascual
01.08.2022 - 09:30h    Actualizado 01.09.2023 - 11:48h

El Gobierno de Cantabria ha abierto el plazo para solicitar el bono joven de alquiler el 1 de agosto de 2022. Por tanto, desde esta fecha, todos los jóvenes de hasta 35 años que vivan en la comunidad y se ajusten a los requisitos de la convocatoria pueden solicitar esta ayuda de 250 euros al mes del bono de alquiler de vivienda.

Todas las personas que quieran pedir la ayuda pueden hacerlo hasta el día 9 de septiembre de 2022, fecha en la que finaliza el plazo de la convocatoria.

Cómo hacer la solicitud

Los jóvenes que quieran solicitar estas ayudas tienen que hacerlo a través de alguna de las vías habilitadas por el gobierno cántabro.

Aunque, de manera preferente, tal y como señalan desde el ejecutivo autonómico, estas solicitudes tienen que presentarse por internet, a través de un formulario online disponible en el Registro Electrónico General de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria. Si quieres, puedes tramitar la solicitud.

Para presentar la solicitud por internet, el solicitante tiene que contar con alguna identificación digital, ya sea Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.

Los solicitantes que no tengan alguna de estas firmas digitales, pueden presentar la solicitud de manera presencial, en las oficinas de asistencia en materia de registro o en las oficinas de correos.

Documentación

Además de completar el formulario oficial de solicitud, que puedes descargar desde la web de Vivienda de Cantabria, todas las personas que quieran pedir esta ayuda deben adjuntar la siguiente documentación:

  • DNI o documento que acredite la edad del solicitante
  • Copia del contrato de alquiler
  • Recibos del pago del alquiler relativos al año de la convocatoria. Es decir, todos los del 2022.
  • Volante o certificado de empadronamiento de todos los miembros que residan en la vivienda.
  • Justificante que acredite la fuente regular de ingresos del solicitante y de todos los miembros que residan en la vivienda. Sirve el certificado de vida laboral o la declaración de IRPF del periodo correspondiente.
  • Declaración de ingresos en 2021. Descarga el documento.
  • Autorización del arrendador. Descárgalo.
  • Solicitud de modificación.
  • Autorización de protección de datos personales.
  • Anexo de miembros empadronados en la vivienda.

Plazo para solicitar la ayuda

El Gobierno de Cantabria ha fijado en las bases de la convocatoria las fechas en las que puede pedirse este bono joven de alquiler. En concreto, comienza el día 1 de agosto y va a prolongarse hasta el día 9 de septiembre de 2022. Es decir, que todos los solicitantes disponen de algo más de un mes para tramitar las solicitudes.

Aunque es recomendable tramitar la solicitud cuanto antes. La convocatoria señala que el plazo va a permanecer abierto hasta que se agoten los fondos.

Cuantía

Cada solicitante puede recibir con esta ayuda un total de 250 euros al mes para pagar el alquiler durante dos años. Siempre que el importe de la ayuda no sea superior al de la renta que paga por el arrendamiento de la vivienda. Norma que se aplica tanto si hay un beneficiario de la ayuda en el domicilio o más.

La concesión de la ayuda tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022. Según prevé el gobierno autonómico, este bono joven de alquiler podrá llegar a beneficiar a un total de 1.300 jóvenes.

Requisitos

Para optar a estas ayudas del bono joven de alquiler, todos los solicitantes deben ajustarse a los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años en el momento de hacer la solicitud.
  • Poseer nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo y Suiza.
  • En el caso de los solicitantes extranjeros no comunitarios, deben estar en situación legal en España.
  • El solicitante tiene que ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda que constituya su domicilio habitual y permanente.
  • El domicilio para el que se solicita la ayuda tiene que estar en algún municipio de Cantabria.
  • El solicitante debe tener una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales. Esta cantidad debe ser igual o inferior a 3 veces el IPREM. Es decir, que trabajen por cuenta propia o ajena.
  • La renta que el solicitante paga por el alquiler no puede ser superior a estos límites:
  1. De hasta 600 euros para el alquiler de una vivienda.
  2. En el caso de que convivan dos beneficiarios de la ayuda, el alquiler puede ser de hasta 700 euros.
  3. Si conviven tres beneficiarios o más, de hasta 800 euros.
  4. Si el alquiler es de habitaciones, el importe máximo a pagar puede ser de hasta 300 euros.

No pueden solicitar el bono joven

Las bases de la convocatoria señalan que no pueden ser beneficiarios de la ayuda los siguientes grupos:

  • Los solicitantes que tengan otra vivienda en propiedad o régimen de usufructo
  • Los solicitantes que tengan relación de parentesco o consanguinidad con el arrendador de la vivienda
  • Tampoco pueden pedir la ayuda los solicitantes que sean socios del arrendador de la vivienda.
  • Las ayudas del bono joven de alquiler son incompatibles con otras ayudas destinadas al pago del alquiler. Con las siguientes excepciones:
  1. Ayudas no incluidas en el Plan de Vivienda y dirigidas a personas especialmente vulnerables.
  2. Ayudas del Plan de Vivienda, siempre y cuando la suma de ambas prestaciones no supere el 75 % del pago de la renta.

Cuándo pagan el bono joven de alquiler

En Cantabria este bono se paga de manera periódica. En concreto, el ingreso de la ayuda se realiza de la siguiente manera:

  • Un primer pago en el momento de la concesión de la ayuda. Este primer ingreso es equivalente a las mensualidades que correspondan con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022.
  • Un segundo pago durante los 10 días siguientes a la resolución (La administración tiene de plazo 3 meses para dictar una comunicación). Este importe es equivalente a las mensualidades desde que se presenta la solicitud hasta ese momento.
  • Los siguientes pagos que se ejecutan con carácter mensual. Siempre que el beneficiario presente los justificantes de pago de las mensualidades.



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