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Estos son los contribuyentes que no pueden domiciliar la Renta

Estos son los contribuyentes que no pueden domiciliar la Renta
NOTICIA de Jessica Pascual
19.06.2023 - 11:18h    Actualizado 05.04.2024 - 09:47h

El final de la campaña de la declaración de la Renta está a la vuelta de la esquina. El próximo viernes día 30 de junio termina el plazo para que los contribuyentes salden sus cuentas con el fisco, tanto si sale a devolver, como a pagar. Aunque respecto a este segundo supuesto, en el caso de que el ciudadano tenga que hacer el ingreso a Hacienda por la Renta y quiera domiciliar el pago, es decir, que se lo cobren automáticamente en una cuenta bancaria, debe hacerlo antes del día 27. ¿Pero, qué pasa si la presenta entre el 28 y el 30 de junio y sale a pagar?

Los contribuyentes que presentan la declaración entre el 28 y el 30 de junio y obtengan un resultado positivo en la Renta, no pueden hacer el pago online mediante domiciliación, sino que tienen que recurrir a otros métodos de pago contemplados por Hacienda. Una de estas opciones es aplazar el pago para hacerlo en dos veces. En este caso, hay que ajustarse a los plazos marcados por Hacienda sobre cuándo se hace el primer pago de la Renta.

Cuándo es el último día para pagar la Renta por domiciliación

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el pago por domiciliación consiste en ofrecer a Hacienda un número de cuenta bancaria para que este organismo pase de forma automática el cobro de la declaración si las cuentas salen a ingresar para el contribuyente.

Es la manera más cómoda, dado que la gestión se realiza de forma autónoma a través del banco y el contribuyente no tiene que hacer nada. Para optar a este método de pago, hay que ajustarse a los plazos marcados por Hacienda. En concreto, el martes 27 de junio es el último día que tienen los contribuyentes para domiciliar el pago de la declaración de la Renta. En la práctica, esto quiere decir que pueden presentar la declaración hasta el día 27 de junio.

Cómo pagar la renta entre los días 28 y 30 de junio

Si la renta sale a pagar y el contribuyente presenta en los días 28, 29 o 30 de junio, no podrá saldar las cuentas vía online a través de la domiciliación bancaria. En este caso, existen dos vías:

  1. A ingresar con pago electrónico
  2. Con documento para ingresar en el banco o caja

Cómo pagar la renta sin domiciliación por internet

En el primer caso, para saldar la deuda con Hacienda mediante pago electrónico, al presentar la renta por internet se habilitan distintas opciones para realizar el ingreso e incorporar el justificante del Número de Referencia Completo o NRC:

  • Con cargo en cuenta
  • Mediante la tarjeta de crédito o débito.

Como requisito, hay que tener en cuenta que estos pagos con cargo en la cuenta y con tarjeta a través de la pasarela de la Agencia Tributaria solamente pueden hacerse a través del sistema de identificación electrónico con DNI, Cl@ve PIN o certificado digital. Una vez efectuado el ingreso, se traslada este código a Renta web para finalizar la presentación.

En esta otra información puedes consultar todos los pasos necesarios para saber cómo pagar la declaración de la Renta sin domiciliación y con tarjeta por internet.

Cómo pagar la renta en el banco

En el momento de presentación de la declaración de la Renta aparece una pestaña en las opciones de pago que dice ‘Con documento para ingresar en el banco o caja’. Al pulsar sobre este botón, aparece en pantalla el justificante de la presentación que incluye una carta de pago con la que hay que acudir a una entidad para realizar el ingreso pendiente.

Una vez conseguido, solamente hay que ir a la entidad específica para formalizar el pago en las sucursales bancarias.



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